¿Se acabó el despido barato? Europa contesta


Europa ha vuelto a tirar de las orejas a España por el bajo coste del despido improcedente. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) se ha pronunciado recientemente a raíz de una reclamación que interpuso Comisiones Obreras (CC OO) en 2022 contra el sistema español. Aunque el texto completo del dictamen aún no se ha hecho público, el baremo actual (33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades) no siempre compensa el perjuicio sufrido por el trabajador ni cumple con el efecto disuasorio exigido para el empresario.
Pronunciamientos judiciales a favor de una compensación adicional
Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara, 7 de noviembre de 2024. El juez condenó a una empresa a abonar 10.000 euros de indemnización adicional por el despido improcedente de un trabajador contratado a tiempo parcial y con una antigüedad inferior a un año. El juzgado manchego concedió a la empresa la posibilidad de reincorporar al empleado (con el abono de los salarios de tramitación) o pagar 1.050 euros correspondientes al despido más la compensación extra.
Tribunal Superior de Justicia de Galicia, 12 de junio de 2024. El tribunal gallego no ha concedido una indemnización adicional por despido injusto, pero sí ha dejado la puerta abierta a que los trabajadores reciban una compensación extra en los casos en los que no se pueda reparar el daño provocado, invocando tanto el convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como la Carta Social Europea, ratificada por España en el año 2021.
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, 26 de abril de 2024. El magistrado condenó a una empresa a abonar a un trabajador una indemnización adicional de 30.000 euros porque la cuantía por su despido era insuficiente (500 euros). El empleado había renunciado a un contrato indefinido por fichar con esta empresa por un año, pero fue despedido un mes después con el argumento de que se produjo un error en la contratación.
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, 30 de enero de 2023. La sentencia de este tribunal fijó por primera vez una indemnización adicional por encima de la legalmente tasada en el Estatuto de los Trabajadores (33 días por año de servicio). El magistrado concedió 3.400 euros de indemnización extra a una trabajadora porque la compensación que abonó la empresa (941 euros) era insuficiente para reparar los daños provocados. La empleada no pudo acceder a la prestación por desempleo porque no reunía el tiempo mínimo de cotización para acceder al paro.
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