Crece el riesgo de litigios por el uso de la prórroga forzosa en los contratos públicos
Los contratistas del sector público están contra las cuerdas. Cualquier persona que haga la compra en el supermercado sabe que hoy no paga lo mismo que hace cinco años por su carrito debido a la escalada de precios por la inflación. Esto, que puede parecer tan doméstico, también afecta a las empresas, especialmente a las que se adjudicaron hace algunos años unas licitaciones públicas en unas condiciones muy distintas: ahora los costes se han disparado, también los laborales. Esta situación se lleva al límite cuando las Administraciones Públicas utilizan la prórroga forzosa de los contratos, una medida legal pero limitada en el tiempo que tensa aún más la coyuntura. Los abogados de las contratistas aseguran que se ven obligados a recurrir a los tribunales.
Problemas legales frecuentes
Ofertas temerarias. Algunas empresas hacen ofertas con unas bases que rozan la temeridad. Francisco de Borja Rodríguez García, director de la asesoría jurídica del Grupo Azvi, confirma que hay compañías que ajustan los precios a la baja a partir de los topes que se fijan en la licitación. “Como presentar los pliegos supone una enorme cantidad de trabajo, algunas entran en bajadas de precio con la expectativa de optimizar el servicio”, advierte. Esto las sitúa en una posición de mayor dificultad para afrontar contingencias y situaciones inesperadas.
Máximo de prórroga. La ley que avala la prórroga forzosa también establece límites. No se dictan sine die, sino que solo se pueden realizar por un máximo de nueve meses, si lo supera es un acto nulo, sostiene Francisco Bravo. “Si se llevase bien y se cumpliese en términos estrictos la normativa no habría problema” puntualiza, aunque admite que esta práctica debería ser limitada. Sin embargo, cuando hay mala planificación, no son pocas las Administraciones que se exceden.
“Futurología”. Los especialistas subrayan la dificultad de prever lo que va a ocurrir durante la ejecución del contrato. “Esa estimación sobre la prórroga, el saber cómo voy a estar en 10 años, es muy compleja, casi futurología”, señala Francisco de Borja. Las empresas deben soportar los riesgos operacionales, los cambios legislativos, las subidas salariales, los [CB1] [IN2] nuevos convenios colectivos. “Todo eso va al flujo de caja de los proyectos. Y ese desfase, además, hay que financiarlo”. Por otra parte, cabe la posibilidad del silencio de la Administración cuando llega el término del contrato, pero se debe seguir prestando el servicio.
Interpretación de la ley. Roger Canals recuerda que la ley señala que puede haber prórrogas, pero solo cuando las características del contrato “permanezcan inalterables”. Con todo, pide mayor flexibilidad a las Administraciones. “Hay un problema en la interpretación rígida de la ley. Tendemos a ser extremadamente conservadores por miedo a las consecuencias penales”, concluye.
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