Los expertos auguran una oleada de litigios por falta de transparencia de las tarjetas ‘revolving’
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El Tribunal Supremo ha dado un nuevo varapalo que ha puesto en jaque a las entidades financieras. Por primera vez, el Alto Tribunal ha fijado los criterios para determinar cuándo una tarjeta revolving es abusiva por falta de transparencia. En dos sentencias, fechadas a 30 de enero, los magistrados han dictaminado que los bancos y otras empresas, como Alcampo, Ikea o El Corte Inglés, tienen que ofrecer a los clientes información clara sobre las condiciones de este tipo de préstamos y las posibles consecuencias económicas que pueden tener los consumidores. En caso contrario, el contrato se considerará nulo y las financieras tendrán que devolver los intereses excesivos que los clientes han pagado con esta línea de crédito. Unas cantidades que, según estima el portal reclamador.es, puede oscilar entre los 2.000 y 20.000 euros por cliente.
Sentencias favorables para el consumidor
Audiencia Provincial de Asturias. En una sentencia del pasado 27 de noviembre, el tribunal condenó a Caixabank por no facilitar al consumidor previamente toda la información necesaria sobre las condiciones de las tarjetas revolving. El banco tampoco advirtió al cliente de las posibles consecuencias económicas que podría tener en caso de contratar esta línea de crédito. Los magistrados resolvieron el caso obligando a la entidad bancaria a devolver los intereses recaudados con el préstamo.
Audiencia Provincial de Pontevedra. El pasado 22 de noviembre, el tribunal falló en contra de la entidad bancaria Wizink Bank por no aportar al consumidor la información necesaria para conocer el coste real del crédito revolving, sus intereses y funcionamiento. Según los magistrados, la ausencia de esta información podía comprometer la estabilidad económica del cliente, por lo que declaró nulo el contrato de préstamo.
Tribunal Supremo. Cabe recordar que el Alto Tribunal ya dio un batacazo a las financieras. Además de anular los contratos por falta de transparencia, en una resolución de en febrero de 2023, los magistrados dictaminaron que los contratos de tarjetas revolving podrían declararse abusivos si existía una diferencia de seis puntos entre la TAE del crédito y la tasa media del mercado. Una regla que los bancos han incumplido con frecuencia.
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