Guía legal para entender por qué un accidente de trabajo reconocido no siempre se indemniza
Los accidentes laborales con baja en España alcanzaron los 246.401 siniestros durante los primeros cinco meses de 2026. Pero no todos los trabajadores que sufrieron estos incidentes fueron indemnizados por su empresa. Y es que, una cosa es que se reconozca el carácter laboral del accidente (y la correspondiente cobertura), y otra que el empleador sea responsable del mismo por haber incumplido sus obligaciones de prevención de riesgos laborales.
¿Cómo calcular la reparación?
Pruebas útiles. Según señala el abogado de Dikei, Javier Artiaga, en los procedimientos por accidente laboral corresponde a la empresa probar que adoptó las medidas necesarias para prevenir el riesgo. Pero, “esto no elimina la necesidad de que el trabajador aporte un mínimo fáctico del accidente, del daño y su conexión con el trabajo”. Entre las pruebas habituales: partes médicos y del accidente, informes de alta y baja laboral, pruebas diagnósticas y documentos que acrediten la evolución y secuelas de la lesión. Pueden resultar muy útiles las investigaciones internas, el relato de testigos (compañeros, encargados, etc.) y las evidencias del siniestro en el lugar (fotografías y vídeos sobre el estado de la maquinaria, los trajes EPI entregados, la señalización, etc.). No está de más adjuntar la documentación sobre las medidas preventivas que eran aplicables.
Baremo. Para calcular los importes indemnizatorios Dikei Abogados toma como referencia los criterios de cuantificación utilizados en la jurisdicción social. En la práctica, la aplicación del baremo de tráfico sirve de sistema orientativo, señala Artiaga. La clave, explica el abogado, es “defender una suma que no descuente indebidamente prestaciones de Seguridad Social cuando no sean conceptos homogéneos con la partida indemnizatoria reclamada, para evitar reducciones artificiales de la cifra final”. Además, apunta, hay que defender que “las cantidades percibidas por mejoras voluntarias o seguros colectivos no minoran la indemnización salvo identificación clara como lucro cesante”. Y, para evitar cuantías desfasadas, “hay que instar la aplicación del baremo con la actualización temporal fijada por la Sala”.
Today